Rellenar el modelo 145 online
La «Comunicación de datos al pagador» que te pide tu empresa para calcular la retención de IRPF de tu nómina. Rellena el PDF oficial sin imprimirlo y sin que tus datos salgan de tu ordenador. ¿No lo tienes? Descárgalo aquí.
100 % privado: tu PDF se lee y se rellena dentro de tu navegador. No se sube a ningún servidor.
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Se descarga una copia nueva. Tu PDF original no se modifica.
Funciona con PDF de hasta unos 150 MB (depende de la memoria de tu dispositivo). Los PDF escaneados (fotos) se rellenan a mano, añadiendo tú los huecos.
Cómo rellenar el modelo 145 online en 3 pasos
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1. Sube tu PDF
Arrástralo o elígelo desde tu ordenador o tu móvil. Se abre dentro de tu navegador: no se sube a ningún servidor.
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2. Contesta las preguntas
Encontramos los huecos (líneas, puntos, recuadros, casillas) y te preguntamos qué va en cada uno. Si un dato se repite, solo lo escribes una vez.
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3. Descarga el PDF relleno
Te devolvemos el mismo documento con tus datos y tu firma en su sitio, listo para imprimir o enviar. El original no se toca.
Descarga el modelo 145 oficial y súbelo arriba
Usa siempre el PDF de la Agencia Tributaria: es un formulario con campos rellenables y lo reconocemos sección por sección. Descárgalo y ábrelo con «Elegir PDF».
Descargar el modelo 145 (Agencia Tributaria)
Si el enlace cambia, búscalo en la sede electrónica de la Agencia Tributaria: «Modelo 145. IRPF. Retenciones sobre rendimientos del trabajo. Comunicación de datos al pagador».
Qué es el modelo 145 y quién lo rellena
El modelo 145 es la comunicación de tu situación personal y familiar a quien te paga la nómina o la pensión. Con esos datos (si tienes hijos, si tu cónyuge tiene rentas, si tienes alguna discapacidad, etc.) la empresa calcula qué porcentaje de IRPF te retiene cada mes. Lo rellena el trabajador o pensionista y se entrega a la empresa, no a Hacienda.
Cómo rellenar el modelo 145, sección por sección
1. Datos del perceptor
- NIF, apellidos y nombre y año de nacimiento.
- Situación familiar: marca la casilla 1 si eres soltero/a, viudo/a, divorciado/a o separado/a y convives solo tú con hijos menores de 18 años (o incapacitados judicialmente); la casilla 2 si estás casado/a y tu cónyuge no tiene rentas superiores a 1.500 euros anuales (excluidas las exentas), indicando su NIF; y la casilla 3 en cualquier otra situación, o si prefieres no comunicarla.
- Discapacidad: marca tu grado reconocido (igual o superior al 33 % e inferior al 65 %, o igual o superior al 65 %) y, si es el caso, si tienes acreditada la necesidad de ayuda de terceras personas o movilidad reducida.
- Movilidad geográfica: solo si estabas en desempleo, inscrito en la oficina de empleo, y aceptaste un trabajo que te obligó a cambiar de municipio de residencia; indica la fecha del traslado.
- Rendimientos con período de generación superior a 2 años: una casilla para un caso muy concreto; si no te suena, déjala sin marcar.
2. Hijos y otros descendientes
Menores de 25 años (o mayores con discapacidad) que conviven contigo y no tienen rentas anuales superiores a 8.000 euros. Por cada uno: año de nacimiento, año de adopción o acogimiento si lo hay y grado de discapacidad. Marca «cómputo por entero» si conviven únicamente contigo y no con el otro progenitor. La tabla tiene cuatro filas: si tienes más hijos, se adjunta otro ejemplar.
3. Ascendientes
Padres o abuelos mayores de 65 años (o menores con discapacidad) que conviven contigo al menos la mitad del año y no tienen rentas anuales superiores a 8.000 euros: año de nacimiento, discapacidad y, si conviven también con otros descendientes, con cuántos.
4. Pensiones compensatorias y anualidades por alimentos
Solo si pagas una pensión compensatoria a tu excónyuge o anualidades por alimentos a tus hijos fijadas por decisión judicial: indica el importe anual.
5. Pagos por la vivienda habitual
Solo si compraste o rehabilitaste tu vivienda habitual con un préstamo antes del 1 de enero de 2013, tienes derecho a la deducción y tus retribuciones son inferiores a 33.007,20 euros anuales.
6 y 7. Fecha, firma y acuse de recibo
Indica el lugar y la fecha y firma en la sección 6. La 7 es para la empresa: la firma al recibirlo.
Errores habituales al rellenar el modelo 145
- No actualizarlo tras el nacimiento o la adopción de un hijo: te siguen reteniendo de más.
- Marcar la casilla 2 sin indicar el NIF del cónyuge.
- Incluir hijos que ya no conviven contigo o que tienen rentas superiores a 8.000 euros.
- Olvidar la firma: sin ella, la comunicación no es válida.
Esta guía resume el impreso para ayudarte a rellenarlo; no es asesoramiento fiscal. En caso de duda, consulta las instrucciones de la Agencia Tributaria o a tu asesoría.
Preguntas frecuentes
¿Dónde se presenta el modelo 145?
No se presenta en Hacienda: se entrega a la empresa o entidad que te paga (el «pagador»). Ella lo usa para calcular tu retención y debe conservarlo; en la sección 7 firma el acuse de recibo.
¿Es obligatorio rellenar el modelo 145?
No es obligatorio comunicar tus datos, pero si no lo haces la empresa calculará la retención sin tener en cuenta tu situación familiar, y normalmente te retendrá más. La diferencia la recuperarías en la declaración de la renta.
¿Cada cuánto hay que rellenarlo?
Al empezar a trabajar en una empresa y cada vez que cambie algún dato que afecte a la retención (nacimiento de un hijo, matrimonio, separación, discapacidad…). Las variaciones se comunican en un plazo de 10 días desde que se producen.
¿Por qué el PDF tiene dos páginas iguales?
Son dos ejemplares: uno para la empresa y otro para ti. Con esta web contestas una vez y se rellenan los dos.
¿Hay que firmarlo?
Sí, en la sección 6 («Fecha y firma de la comunicación»). Puedes dibujar tu firma aquí; la empresa firma después el acuse de recibo de la sección 7.
¿Mis datos se envían a algún sitio?
No. El PDF se rellena dentro de tu navegador. Ni nosotros ni nadie recibe tu NIF, tu situación familiar ni los datos de tus hijos.